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Consejero/a (médico psiquiatra infanto-juvenil)

Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia

Ministerio de Desarrollo Social y Familia

Región Metropolitana de Santiago

Cierre postulación:

23/09/2024 23:59:59

Estado: Evaluación

Concurso: ADP-24635

Requisitos Legales

Profesional del área de las ciencias de la salud, médico psiquiatra infanto-juvenil, con demostrable experiencia en el tratamiento de la niñez y adolescencia vulnerada, con más de 5 años de actividad laboral vinculada a los temas que constituyen el objeto del Servicio, y que se haya destacado, principalmente, en materias de protección de la infancia, programas sociales, academia y/o investigación.

El o la profesional seleccionado deberá cumplir, al momento del nombramiento, con lo establecido en el artículo 10, inciso final, de la Ley Nª21.302, que “Crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica otras normas legales que indica”.

Fuentes Legales: Inciso segundo, letra c), e inciso final, del artículo 10, de la Ley N° 21.302, que Crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.

Experiencia y Conocimientos

Se requiere contar con experiencia en materias de salud, tales como; atención clínica de niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos, políticas de implementación o promoción y/o de acceso a la salud pública para la protección de niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos, y/o en el desarrollo académico o investigativo en problemáticas que afecten el desarrollo infanto-juvenil producto de vulneraciones sociales. 

Adicionalmente, se valorará contar con experiencia en materias relacionadas a derechos humanos, enfoque de género, intersectorialidad, pueblos indígenas del país.

*Se considerará la experiencia laboral de los últimos 15 años. Es un criterio excluyente.
**No es un criterio excluyente, entrega puntaje adicional en el análisis curricular.

Misión

Al/el médico psiquiatra infanto-juvenil, junto con los/as demás integrantes del Consejo de Expertos, le corresponderá asesorar al Servicio en materias de protección especializada a la Niñez y Adolescencia, generando recomendaciones y propuestas sobre la oferta programática, normativa técnica y administrativa, perfiles de cargo, entre otros, asesorando a la Dirección Nacional en la toma de decisiones.

Desafíos y Lineamientos del Cargo

1. Colaborar con la consolidación del Consejo de Expertos del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.
2. Asesorar al servicio en la toma de decisiones en todos los aspectos que la ley les encomiende. 
3. Establecer un Plan de Trabajo Anual del Consejo.

Descripción Renta

Cada uno de los integrantes del Consejo de Expertos percibirá una dieta de quince unidades de fomento por cada sesión a la que asista. Esta dieta será compatible con otros ingresos que perciba el consejero. El Consejo sesionará ordinariamente todas las veces que sea necesario, debiendo celebrar sesiones ordinarias al menos una vez cada 2 meses, con un máximo de 12 sesiones pagadas por año calendario. Sin embargo, el Presidente del Consejo o el Director Nacional del Servicio podrá citar a sesiones extraordinarias mediante resolución fundada, o cuando el Consejo se auto convoque. Podrán celebrarse máximo 4 sesiones extraordinarias pagadas por año calendario. Durante los dos primeros años calendario de funcionamiento del Consejo de Expertos, éste podrá celebrar hasta un total de ocho sesiones extraordinarias pagadas por cada anualidad.