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Convocatorias en:
Servicio de Salud Metropolitano Sur-Oriente
Región Metropolitana de Santiago
05/08/2024 23:59:59
Estado: Nómina
Concurso: ADP-25733
Título Profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años, en el sector público o privado.
Para los Directores de Hospital que tengan la calidad de Establecimiento de Autogestión en Red, se requerirá, además, competencia en el ámbito de la gestión en salud.
Fuente Legal: Articulo 2º, del DFL Nº 30, de 24 de agosto de 2017, del Ministerio de Salud
* “Para el cómputo de la duración de la carrera que da origen al título profesional de pregrado, podrán sumarse los estudios de post grado realizados por el mismo candidato.”
Fuente legal: Artículo Cuadragésimo de la Ley N° 19.882, inciso final, parte final, modificado por el número 6, del artículo 1°, de la ley N° 20.955.
Se requiere contar con al menos 3 años de
experiencia en cargos directivos o gerenciales, en organizaciones de salud y/o
cargos de jefaturas de servicios clínicos, en instituciones públicas o privadas
en un nivel apropiado para las necesidades específicas de este cargo. *
Al
Director o Directora del Hospital Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, le
corresponde dirigir y gestionar las áreas técnico-asistencial y administrativas
del establecimiento, dependientes del Servicio de Salud Metropolitano Sur
Oriente en conformidad con las disposiciones del Ministerio de Salud, de
acuerdo a las políticas públicas del sector, para entregar un servicio
integral, oportuno y de alta calidad para sus usuarios y usuarias.
DESAFÍOS |
LINEAMIENTOS |
1.
Fortalecer la eficiencia de la gestión clínica impactando en la
calidad del servicio y el cumplimiento de los estándares Ministeriales,
implementando un modelo de trabajo centrado en las personas, orientado al
acceso, oportunidad y calidad de la atención, considerando la pertinencia
cultural, de género y la continuidad de la atención. |
1.1 Mantener la acreditación del hospital como establecimiento
autogestionado en red y la acreditación de prestador institucional GES. 1.2 Fortalecer y optimizar los procesos de gestión
clínicos-asistenciales, con el fin de elevar el acceso, la oportunidad,
calidad y percepción usuaria en la atención, con especial foco en la
reducción de los tiempos de espera. 1.3 Implementar la bajada y monitorear el desarrollo de estrategias
sanitarias, y su impacto en la salud de usuarios y usuarias, fortaleciendo la
referencia y contrareferencia como un proceso de continuidad de la atención e
integración del establecimiento con su red. 1.4 Velar y fortalecer la
gestión clínica con la herramienta GRD
(Grupos Relacionados Diagnostico). 1.5 Propiciar la
implementación de estrategias de atención humanizadas. |
2. Optimizar la gestión administrativa y
financiera del hospital y la coordinación con su Red Asistencial. |
2.1 Fortalecer la gestión de estrategias destinadas a cumplir
con las metas presupuestarias y lograr su equilibrio financiero. 2.2 Supervisar que la estrategia del soporte tecnológico y
sistemas de información, propios y con la red, con foco en los proyectos de
mejora de los procesos de atención, registro y gestión de datos e
información, basado en estándares de calidad y recomendaciones reconocidas
para estos fines. 2.3 Velar por el
cumplimiento del plan de mitigación que permita el mantenimiento y mejoras a
la infraestructura y el equipamiento, que considere el período
correspondiente hasta la apertura del nuevo hospital. |
3. Articular la planificación hospitalaria y
su coordinación en la Red Asistencial del Servicio, para establecer
instancias de colaboración e integración con la comunidad y el intersector. |
3.1
Cumplir con su rol de establecimiento Autogestionado de la red, dando
respuesta su cartera de servicios en coordinación con el resto de los
establecimientos de la red y de acuerdo a los lineamientos del gestor de red.
3.2 Establecer una relación sistemática con la comunidad
organizada, diseñando y ejecutando planes de trabajo conjunto, a través del
Consejo Integrado de la Red Asistencial (CIRA). |
4. Implementar y Gestionar la Política de
Gestión y Desarrollo de Personas institucional, dando cuenta de los intereses
y necesidades de trabajadores y trabajadoras, contribuyendo a fortalecer el
compromiso de los equipos en beneficio de la población usuaria. |
4.1
Incorporar la perspectiva de género en los instrumentos
de gestión y desarrollo
de las personas en el establecimiento. 4.2
Fortalecer los vínculos con universidades, centros de formación e institutos
profesionales, para robustecer el conocimiento y desarrollo del recurso
humano. 4.3
Mantener y profundizar estrategias para la promoción de ambientes laborales
saludables, políticas y códigos de ética a través de un abordaje
biopsicosocial, que permita impactar integralmente en la calidad de vida
laboral de los trabajadores. |
5. Liderar desde su ámbito de acción, la
adecuada ejecución de nuevos proyectos de desarrollo del establecimiento, con
especial énfasis en el proyecto de reposición del Complejo Asistencial Dr.
Sótero del Río. |
5.1 Elaborar, implementar y coordinar con el equipo directivo y
técnico del Servicio, el nuevo modelo de gestión, los procesos, evaluación de
brechas y de requerimientos para licitación.
5.2 Desarrollar un plan de trabajo de Gestión del cambio, con
participación de funcionarios/as y la comunidad en su planificación y
ejecución. 5.3 Participar en
los proyectos en curso, tales como el centro de radioterapia y las mejoras de
equipamiento e infraestructura para la atención del cáncer, anticipando las necesidades asociadas a estos
proyectos, en términos de RR.HH., financieros y otros que permitan su
adecuada puesta en marcha y operación, en coordinación con el proyecto de
nuevo hospital. |
$5954000
El cargo corresponde a un grado 3° de la Escala de Remuneraciones de los Servicios de Salud, regidos por la Ley Nº 18.834 y DL. 249, más un porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública de un 90%. Su renta líquida promedio mensualizada referencial asciende a $5.954.000.- para un/a no funcionario/a del Servicio de Salud Metropolitano Suroriente.