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Convocatorias en:
Servicio Local de Educación Pública Litoral
Región de Valparaíso
18/08/2025 23:59:59
Estado: Evaluación
Concurso: ADP-26077
Estar en posesión de un título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años.
Fuente Legal: Art. 2º del DFL N° 43, del 31 de octubre de 2018 del Ministerio de Educación.
Al Director Ejecutivo o a la Directora Ejecutiva del Servicio Local de Educación Pública (SLEP) le corresponderá liderar la implementación del Servicio Local bajo su cargo, asegurando el adecuado traspaso del servicio educativo de los municipios que corresponden a su territorio. Asimismo, debe dirigir la gestión y funcionamiento del Servicio, garantizando -a través de los establecimientos educacionales, salas cunas y jardines infantiles de su dependencia- la provisión del servicio educativo en los niveles y modalidades que corresponda, orientándose de conformidad a los principios de la educación pública establecidos en la Ley N° 21.040, la Estrategia Nacional de Educación Pública (ENEP), y los planes, programas y políticas establecidos por el Ministerio de Educación.
DESAFÍOS |
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1.
Promover una gestión
que asegure la calidad, inclusión y desarrollo integral de las y los
estudiantes en los establecimientos educacionales y jardines infantiles
dependientes del Servicio Local de Educación Pública (SLEP), conforme a las
necesidades del territorio, orientaciones y el marco normativo de la Ley Nº
21.040. |
1.1.
Asegurar y hacer un
seguimiento exhaustivo a la implementación de la Estrategia Nacional, el Plan
Estratégico Local y los Planes Anuales, de manera pertinente y atingente a la
realidad local, considerando las iniciativas, proyectos educativos
institucionales y planes de mejoramiento educativo (PME) y otros instrumentos
de gestión de cada una de las comunidades educativas. 1.2.
1.3.
Impulsar, a través
del acompañamiento técnico pedagógico, la mejora en las Categorías de
Desempeño u otros indicadores de la Política Pública vigentes de las Organizaciones
Escolares que releven los principios de calidad y equidad escolar. 1.4.
Realizar acompañamiento,
seguimiento y control de gestión sobre el avance en la implementación de los
instrumentos de gestión educativa, a fin de reflexionar de forma colaborativa
y participativa y determinar acciones de mejora frente aquellos aspectos que
no presenten el desarrollo esperado, y posteriormente, realizar evaluaciones
de procesos periódicas y participativas con representantes de las comunidades
educativas. 1.5.
Gestionar y velar por
la ejecución oportuna de proyectos de mejoramiento en infraestructura y
equipamiento educacional, para asegurar las condiciones establecidas por la
normativa y leyes vigentes |
2.
Velar la correcta
ejecución del traspaso del servicio educacional desde los municipios al
Servicio Local y la consolidación en el funcionamiento de este, asegurando
una adecuada provisión de los recursos financieros, físicos, tecnológicos y de
gestión de personas, para la entrega de un servicio educativo oportuno, de
calidad y sostenible económicamente en el territorio. |
2.1.
Asegurar una dotación
de personas suficiente para el correcto y adecuado funcionamiento del
Servicio Local en materias de cobertura, calidad y recursos necesarios, sin
perjuicio de que esta dotación debe ser sostenible financieramente de acuerdo
con el numeral siguiente. 2.2.
Velar, conforme a la
normativa vigente, por la implementación de mecanismos de reclutamiento y
selección, procesos de inducción, y mecanismos de evaluación del desempeño de
docentes y asistentes de la educación, que favorezcan el desarrollo de los
Proyectos Educativos y Planes de Mejoramiento Escolar. 2.3.
Garantizar la
sostenibilidad financiera del Servicio Local y sus establecimientos,
administrando y gestionando los recursos disponibles, de acuerdo con los
lineamientos emanados desde la Dirección de Educación Pública y las
necesidades particularidades del territorio, así como el principio de
probidad administrativa que rigen a los órganos de la administración del
Estado. 2.4.
Asegurar la gestión
transparente, y la eficiencia y eficacia y economicidad en el uso de los
recursos financieros, físicos y tecnológicos, para una correcta
administración del Servicio Local, impulsando buenas prácticas y promoviendo
la innovación. 2.5.
Garantizar que la
infraestructura, equipamiento, maquinarias, materiales, entre otros, estén en
condiciones viables y adecuadas para el correcto funcionamiento y para la
prestación de un servicio educativo de excelencia. |
3.
Implementar y fomentar procesos participativos que
velen por la calidad y equidad en la educación y la generación de capacidades
en las comunidades que son parte del Servicio Local de Educación Pública
(SLEP), de acuerdo con la Ley N°21.040. |
3.1.
Establecer estrategias, con la participación del Comité
Directivo Local y el Consejo Local de Educación, que promuevan la generación
de competencias y la gobernanza de las comunidades educativas, para lograr
mejoras sustantivas en la gestión educativa de directivos y docentes de salas
cunas, jardines infantiles y establecimientos educacionales de su territorio. 3.2.
Asegurar e impulsar la participación activa de la
comunidad educativa, especialmente a través de los centros de alumnos y
centros de estudiantes, centro de padres, madres y apoderados, consejos
escolares y consejos de educación parvularia. 3.3.
Resguardar y promover el derecho a la participación de
las y los estudiantes, considerándolos sujetos activos de su proceso
educativo. 3.4.
Facilitar y fomentar la articulación y adecuada
coordinación con las autoridades municipales, organismos públicos y privados,
y actores claves del territorio. 3.5.
Considerar la participación de las comunidades
educativas en la elaboración de los instrumentos de gestión educativa,
estableciendo una visión común orientada a la calidad integral, de acuerdo
con los principios y estrategias del Sistema de Educación Pública. |
4.
Desarrollar capacidades en funcionarios(as) del
Servicio Local, así como en directivos, docentes y asistentes de la educación
de los jardines infantiles, salas cunas y establecimientos educacionales de
su dependencia, para apoyar el desarrollo profesional, conforme a las
necesidades del territorio, en concordancia con el Plan Estratégico Local y
promoviendo la transversalización del enfoque de género. [1] |
4.1.
Desarrollar planes de acción y convenios para el
fortalecimiento de capacidades en los equipos docentes, directivos y de
asistentes de la educación, para un efectivo trabajo en el aula, conforme a
los principios de la ley. 4.2.
Capacitar y formar a las y los funcionarios del
Servicio Local, con la finalidad de potenciar y actualizar sus conocimientos,
capacidades y competencias para el ejercicio de su cargo, potenciando el
conocimiento interno y administrándolo según las necesidades de la
institución, además de promover el desarrollo y la formación continua de las
personas. |
5. Posicionar al Servicio Local en el
territorio de su competencia, gestionando el entorno educativo, y facilitando
la articulación con los distintos actores claves, contribuyendo a la
instalación y funcionamiento adecuado del Servicio Local. |
5.1.
Desarrollar un plan de trabajo de vinculación y
relación con las comunidades educativas, los actores claves y estratégicos
del territorio, para el desarrollo y buen funcionamiento del Servicio Local. 5.2.
Diseñar, implementar y evaluar estrategias de trabajo
en red con otros Servicios Locales a nivel regional (si corresponde) y
nacional, con la finalidad de compartir buenas prácticas y experiencias
pedagógicas relevantes. 5.3.
Desarrollar una adecuada estrategia comunicacional,
adaptada al contexto territorial, que considere a todas las personas que
interactúan con el servicio, el momento de la operación del Servicio Local y
la gestión de eventuales situaciones de crisis. |
6. Liderar y conducir una política de gestión
y desarrollo de personas que integre la perspectiva de género,
interculturalidad e inclusión, con foco en el desarrollo individual y
organizacional, fomentando y promoviendo un buen clima laboral con su equipo
y miembros del Servicio Local. |
6.1.
Identificar y orientar a las áreas de trabajo institucional
que son más susceptibles a la incorporación de la perspectiva de género,
interculturalidad e inclusión, o que están más relacionadas con las
Inequidades, Brechas y Barreras históricas. 6.2.
Desarrollar, implementar y hacer seguimiento a las
políticas y programas de gestión y desarrollo de personas, que incorpore
entre sus ejes estratégicos la gestión del cambio organizacional y la mejora
continua, alineados con las orientaciones y buenas prácticas entregadas por
la Dirección Nacional del Servicio Civil a través de las normas de aplicación
general. 6.3.
Promover y facilitar el liderazgo sistémico y
distribuido en el ejercicio de cargos de responsabilidad, que desarrollen y
fortalezcan una cultura de colaboración en las distintas unidades del
Servicio Local. 6.4.
Desarrollar y promover una cultura funcionaria con altos
estándares de probidad, transparencia y ética en la gestión en línea con la Estrategia Nacional de Integridad
Pública. 6.5.
Promover espacios de trabajo colaborativo entre
funcionarios y equipo directivo, a fin de desarrollar estrategias de
comunicación efectiva, que permitan mantener claridad en los roles, funciones
y acciones internas, facilitando un clima laboral favorable. |
[1] Perspectiva de género: forma de ver o analizar el impacto del
género en las oportunidades, roles e interacciones sociales de las personas,
permitiendo luego transversalizar esta perspectiva en una política
institucional. La categoría de género, como categoría de análisis, alude a las
diferencias entre los sexos que se han construido culturalmente, y no a las
diferencias físicas y biológicas o que son atribuibles a la naturaleza (Manual
para el uso del lenguaje inclusivo no sexista en el Poder Judicial), en los/las
Altos Directivos Públicos se traduce por ejemplo en reducir las brechas de
acceso a cargos directivos y todas aquellas medidas que mitiguen la desigualdad
en las organizaciones.
$5084000
El cargo corresponde a un grado 4° de la Escala Única de Sueldos DL 249, más un porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública de un 25%. Incluye las asignaciones de modernización. Su renta líquida promedio mensualizada referencial asciende a $5.084.000.- para un/a no funcionario/a, la que se obtiene de una aproximación del promedio entre el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses sin asignación de modernización y el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses con asignación de modernización.