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Convocatorias en:
Servicio Local de Educación Pública Reloncaví
Región de Los Lagos
14/04/2025 23:59:59
Estado: Postulación
Concurso: ADP-26105
Estar en posesión de un título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años.
Fuente Legal: Art. 2º del DFL N° 33, del 30 de octubre de 2018 del Ministerio de Educación.
Se requiere contar con tres años de experiencia en cargos de dirección o jefatura en un nivel apropiado para las necesidades específicas de este cargo*. Se considerará experiencia relevante en el ámbito educacional.
Adicionalmente, se valorará poseer experiencia y/o conocimientos en**:
- Tener experiencia en implementación y/o gestión de programas o proyectos de educación y/o desarrollo social y/o trabajo con grupos vulnerables (urbanos y rurales).
- Planificación estratégica.
- Gestión y/o implementación de políticas públicas.
*Se considerará la experiencia laboral de los últimos 15 años. Es un criterio excluyente.
**No es un criterio excluyente, entrega puntaje adicional en el análisis curricular.
Al Director Ejecutivo o a la Directora Ejecutiva del Servicio Local de Educación Pública (SLEP) le corresponderá liderar la implementación del Servicio Local bajo su cargo, asegurando el adecuado traspaso del servicio educativo de los municipios que corresponden a su territorio. Asimismo, debe dirigir la gestión y funcionamiento del Servicio, garantizando -a través de los establecimientos educacionales, salas cunas y jardines infantiles de su dependencia- la provisión del servicio educativo en los niveles y modalidades que corresponda, orientándose de conformidad a los principios de la educación pública establecidos en la Ley N° 21.040, la Estrategia Nacional de Educación Pública (ENEP), y los planes, programas y políticas establecidos por el Ministerio de Educación.
DESAFÍOS |
LINEAMIENTOS |
1. Promover una gestión que
asegure la calidad, inclusión y desarrollo integral de las y los estudiantes
en los establecimientos educacionales y jardines infantiles dependientes del
Servicio Local de Educación Pública (SLEP), conforme a las necesidades del
territorio, orientaciones y el marco normativo de la Ley Nº 21.040. |
1.1. Asegurar la implementación y la debida articulación de la Estrategia Nacional, el Plan Estratégico Local y los Planes Anuales, de manera pertinente y atingente a la realidad local, considerando las iniciativas, proyectos educativos institucionales y planes de mejoramiento educativo (PME) de cada una de las comunidades educativas. 1.2. Impulsar y propiciar una cultura de prácticas, inspiradoras y de altas expectativas, que promueva, la calidad educativa, la inclusión, la convivencia escolar, el bienestar emocional, psicosocial, el buen trato, como también la innovación permanente en los establecimientos educacionales, salas cunas y jardines infantiles del territorio, de acuerdo con los lineamientos y orientaciones del Ministerio de Educación y la Dirección de Educación Pública. 1.3. Realizar seguimiento y control de gestión sobre el avance en la implementación de los instrumentos de gestión educativa, a fin de determinar acciones de mejora continua, frente aquellos aspectos que no presenten el desarrollo esperado, y posteriormente, realizar evaluación de procesos periódicas y participativas con representantes de las comunidades educativas. 1.4. Gestionar proyectos de mejoramiento en infraestructura, transporte escolar y equipamiento educacional, para asegurar las condiciones establecidas por la normativa y leyes vigentes. |
2. Velar
la correcta ejecución del traspaso del servicio educacional desde los
municipios al Servicio Local y la consolidación en el funcionamiento de este,
asegurando una adecuada provisión de los recursos
financieros, físicos, tecnológicos y gestión de personas, para la entrega de un
servicio educativo oportuno, de calidad y sostenible económicamente en el
territorio. |
2.1. Analizar, evaluar y tomar de decisiones respecto
a la dotación de personas existente, para el correcto funcionamiento del
Servicio Local en materias de cobertura, calidad y recursos necesarios. 2.2. Garantizar la sostenibilidad financiera del Servicio
Local y sus establecimientos, administrando y gestionando los recursos
disponibles, de acuerdo con los lineamientos emanados desde la Dirección de
Educación Pública y las necesidades particularidades del territorio, así como
el principio de probidad administrativa que rigen a los órganos de la
administración del Estado. 2.3. Asegurar la gestión transparente, y la eficiencia
y eficacia y economicidad en el uso de los recursos físicos y tecnológicos, para
una correcta administración del Servicio Local, impulsando buenas prácticas y
promoviendo la innovación. 2.4. Garantizar
que la infraestructura, equipamiento, maquinarias, materiales, entre otros,
estén en condiciones viables y adecuadas para el correcto funcionamiento y
para la prestación de un servicio educativo de excelencia. |
3. Fomentar procesos participativos que velen por la
calidad y equidad en la educación y la generación de capacidades en las
comunidades que son parte del Servicio Local de Educación Pública (SLEP), de
acuerdo con la Ley N°21.040. |
3.1. Establecer estrategias, con la participación del
Comité Directivo Local y el Consejo Local de Educación, que promuevan la
generación de competencias y la gobernanza de las comunidades educativas, para
lograr mejoras sustantivas en la gestión educativa de directivos y docentes
de salas cunas, jardines infantiles y establecimientos educacionales de su
territorio. 3.2. Generar y promover que respeten la participación de la comunidad educativa, especialmente a través de los centros de alumnos y centros de estudiantes, centro de padres, madres y apoderados, consejos escolares y consejos de educación parvularia. 3.3. Resguardar y promover el derecho a la participación de las y los estudiantes, considerándolos sujetos activos de su proceso educativo. 3.4. Facilitar y fomentar la articulación y adecuada coordinación
con las autoridades municipales, organismos públicos y privados, y actores
claves del territorio. |
4. Desarrollar capacidades en funcionarios(as) del Servicio Local, así
como en directivos, docentes y asistentes de la educación de los jardines
infantiles, salas cunas y establecimientos educacionales de su dependencia,
para apoyar el desarrollo profesional, conforme a las necesidades del
territorio, en concordancia con el Plan
Estratégico Local y promoviendo la transversalización del enfoque de género. [1] |
4.1. Desarrollar planes de acción y convenios para el
fortalecimiento de capacidades en los equipos docentes, directivos y de
asistentes de la educación, para un efectivo trabajo en el aula, conforme a principios
de la ley. 4.2. Capacitar y formar a las y los funcionarios del
Servicio Local, con la finalidad de mejorar sus conocimientos, capacidades y
competencias para el ejercicio de su cargo, potenciando el conocimiento
interno y administrándolo según las necesidades de la institución, además de
promover el desarrollo y la formación continua de las personas. |
5. Posicionar al Servicio Local en el territorio de su competencia,
gestionando el entorno, y facilitando la articulación con los distintos
actores claves, contribuyendo a la instalación y funcionamiento adecuado del
Servicio Local. |
5.1. Desarrollar un plan de trabajo de vinculación y relación
con los actores claves y estratégicos del territorio, para el desarrollo y
buen funcionamiento del Servicio Local. 5.2. Diseñar e implementar estrategias de trabajo en red con otros Servicios Locales a nivel regional (si corresponde) y nacional, con la finalidad de compartir buenas prácticas y experiencias pedagógicas relevantes. 5.3. Desarrollar una adecuada estrategia comunicacional, adaptada al contexto territorial, que considere a todos los interlocutores, el momento de la operación del Servicio Local y la gestión de eventuales situaciones de crisis. |
6.
Liderar y conducir una política de gestión y desarrollo de personas
que integre la perspectiva de género, interculturalidad e inclusión, con foco
en el desarrollo individual y organizacional, fomentando y promoviendo un
buen clima laboral con su equipo y miembros del Servicio Local. |
6.1. Identificar y orientar las áreas de trabajo
institucional que son más susceptibles a la incorporación de la perspectiva
de género, interculturalidad e inclusión, o que están más relacionadas con
las Inequidades, Brechas y Barreras históricas. 6.2. Desarrollar e implementar políticas y programas
de gestión y desarrollo de personas, que incorpore entre sus ejes
estratégicos la gestión del cambio organizacional y la mejora continua, alineados
con las orientaciones y buenas prácticas entregadas por la Dirección Nacional
del Servicio Civil a través de las normas de aplicación general. 6.3. Promover y facilitar el liderazgo sistémico y
distribuido en el ejercicio de cargos de responsabilidad, que desarrollen y
fortalezcan una cultura de colaboración en las distintas unidades del
Servicio Local. |
[1] Perspectiva de género: forma de ver o analizar el impacto del
género en las oportunidades, roles e interacciones sociales de las personas,
permitiendo luego transversalizar esta perspectiva en una política institucional.
La categoría de género, como categoría de análisis, alude a las diferencias
entre los sexos que se han construido culturalmente, y no a las diferencias
físicas y biológicas o que son atribuibles a la naturaleza (Manual para el uso
del lenguaje inclusivo no sexista en el Poder Judicial), en los/las Altos
Directivos Públicos se traduce por ejemplo en reducir las brechas de acceso a
cargos directivos y todas aquellas medidas que mitiguen la desigualdad en las
organizaciones.
$6020000
El cargo corresponde a un grado 4° de la Escala Única de Sueldos DL 249, más un porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública de un 45%. Incluye las asignaciones de modernización y zona. Su renta líquida promedio mensualizada referencial asciende a $6.020.000.- para un/a no funcionario/a, la que se obtiene de una aproximación del promedio entre el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses sin asignación de modernización y el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses con asignación de modernización.