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Jefe de División Función Anticarteles

Fiscalía Nacional Económica

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo

Región Metropolitana de Santiago

Cierre postulación:

23/10/2017 23:59:59

Estado: Finalizado

Concurso: ADP-3742

Requisitos Legales

Estar en posesión de un título de abogado, ingeniero civil o comercial, contador auditor o administrador público, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia profesional mínima de 5 años . Fuente: Artículo 35 del Decreto Ley N° 211 de 1973; Artículo 30 y 31 de la Ley 20.971, Artículo 1° de la Ley N° 19.610; Artículo 1°, Número 9, de la Ley N° 19.911; Artículo 2° del DFL N° 33, de diciembre de 2004, del Ministerio de Hacienda; y Artículo 40°, inciso final, de la Ley N° 19.882.

Experiencia y Conocimientos

Es altamente deseable poseer experiencia en materias de libre competencia, derecho económico y/o regulación, en un nivel apropiado para las necesidades específicas de este cargo.

 

Se valorará especialmente contar con experiencia en análisis de colusión, acuerdos entre competidores, derecho administrativo o derecho público en general.

 

Deseable poseer manejo del idioma inglés en nivel intermedio.

 

Se valorará poseer 2 años de experiencia en cargos de gerencia, jefatura y/o coordinación de equipos de trabajo en instituciones públicas o privadas.

Misión

Al Jefe/a de División Función Anticarteles, le corresponde liderar la División encargada de todas aquellas investigaciones de colusión, conjuntamente con los análisis que sustenten los requerimientos, consultas, acciones penales y demás acciones de la Fiscalía Nacional Económica ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la Corte Suprema de Justicia, y otras instancias judiciales y administrativas, con el fin de proteger los mercados y sectores productivos de la economía chilena. 

Desafíos y Lineamientos del Cargo

1.- Proteger los mercados y sectores productivos de la economía chilena mediante el desarrollo de investigaciones de colusión que puedan constituir infracciones a la libre competencia.


1.1.- Mejorar la calidad y la oportunidad de los productos de la División en comparación al desempeño anterior y las metas propuestas por el Fiscal Nacional Económico.

2.- Impulsar medidas que permitan a los profesionales de su equipo actualizar los conocimientos, potenciar habilidades y aplicar las mejores técnicas a lo largo de las diferentes fases del proceso investigativo.

2.1.- Fortalecer los conocimientos y destrezas de los profesionales, mediante el diseño de programas y actividades de capacitación que permita la actualización de conocimientos y efectividad del equipo de trabajo.

2.2.- Elaborar un plan de coordinación y retroalimentación, especialmente en aquellos casos de trabajo conjunto con otras instituciones cuando se apliquen medidas intrusivas, a fin de efectuar un proceso de retroalimentación e incorporación de mejoras en el desempeño del equipo.

3.- Analizar jurisprudencia y otros antecedentes nacionales y extranjeros en materia de carteles, con el objetivo de conocer y acceder a buenas prácticas y experiencias efectivas que puedan ser incorporadas en el proceso de trabajo.

3.1.- Diseñar un programa interno que considere las diferentes vías y prácticas internacionales en materia de carteles o relacionadas, que mantenga actualizada a la División y le permitan incorporar los conocimientos adquiridos en los productos tales como elaboración de Guías de conducta en materia de prevención de acuerdos colusorios, procedimientos de trabajo y otros.

Renta Líquida Promedio Mensual

$5238000

Descripción Renta

El cargo corresponde a un grado 3° de la Escala de Remuneraciones de los Servicios Fiscalizadores, más un porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública de un 1%. Incluye las asignaciones y bonos de estímulo. Su renta líquida promedio mensualizada referencial asciende a $5.238.000.- para un no funcionario, la que se obtiene de una aproximación del promedio entre el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses sin asignaciones y bonos de estímulo y el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses con asignaciones y bonos de estímulo.